30 octubre 2007

ALGUNAS FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO.

Actuaciones inspectoras derivadas de los servicios prestados por la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social.

  • Requerimientos o Actas de advertencia cuando no se deriven perjuicios directos a los trabajadores.
  • Inicio de procedimientos sancionadores mediante la extensión de Actas de Infracción.
  • Inicio de procedimientos liquidatorios por débitos a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta, mediante la práctica de Actas de liquidación.
  • Inicio de procedimientos de oficio para la inscripción de empresas, afiliación y altas y bajas de trabajadores en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  • Inicio de procedimientos para el encuadramiento de empresas y trabajadores en el régimen de Seguridad Social que corresponda.
  • Propuesta ante los Organismos competentes para la suspensión o cese de prestaciones sociales si se constatase su obtención o disfrute en incumplimiento de la normativa que las regula.
  • Propuesta ante el Organismo competente del recargo de prestaciones económicas en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional causados por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
  • Propuesta de recargos o reducciones en las primas de aseguramiento de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el caso de empresas por su comportamiento en la prevención de riesgos y salud laboral.
  • Orden de paralización inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la normativa de prevención de riesgos laborales, de concurrir riesgo grave e inminente para la seguridad y salud.
  • Comunicación a los Organismos competentes los incumplimientos que se comprueben en la aplicación y destino de ayudas y subvenciones para el fomento de empleo, formación profesional ocupacional y promoción social.
  • Formulación de demandas de oficio ante la Jurisdicción de lo Social de acuerdo con la normativa aplicable.

EAL DECRETO 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgo

DEFINICIÓN:

A efectos de este Real Decreto se entenderá por manipulación manual de cargas cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.

OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPRESARIO:

  1. El empresario deberá adoptar las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de las cargas, en especial mediante la utilización de equipos para el manejo mecánico de las mismas, sea de forma automática o controlada por el trabajador.
  2. Cuando no pueda evitarse la necesidad de manipulación manual de las cargas, el empresario tomará las medidas de organización adecuadas, utilizará los medios apropiados o proporcionará a los trabajadores tales medios para reducir el riesgo que entrañe dicha manipulación. A tal fin, deberá evaluar los riesgos tomando en consideración los factores indicados en el Anexo del presente Real Decreto y sus posibles efectos combinados.

Características de la carga

La manipulación manual de una carga puede presentar un riesgo, en particular dorsolumbar, en los casos siguientes:

  • cuando la carga es demasiado pesada o demasiado grande;
  • cuando es voluminosa o difícil de sujetar;
  • cuando está en equilibrio inestable o su contenido corre el riesgo de desplazarse;
  • cuando está colocada de tal modo que debe sostenerse o manipularse a distancia del tronco o con torsión o inclinación del mismo;
  • cuando la carga, debido a su aspecto exterior o a su consistencia, puede ocasionar lesiones al trabajador, en particular en caso de golpe.

2. Esfuerzo físico necesario

Un esfuerzo físico puede entrañar un riesgo, en particular dorsolumbar, en los casos siguientes:

  • cuando es demasiado importante;
  • cuando no puede realizarse más que por un movimiento de torsión o de flexión del tronco;
  • cuando puede acarrear un movimiento brusco de la carga;
  • cuando se realiza mientras el cuerpo está en posición inestable;
  • cuando se trate de alzar o descender la carga con necesidad de modificar el agarre.
DESPUÉS DE LEER ÉSTO LA INSPECTORA DE TRABAJO TENDRÍA QUE DECIR QUE SE PUSIERAN TODOS LOS MUELLES DE CARGA ELÉCTRICOS TAL Y COMO DIJO EN LA VISITA AL ALMACÉN

28 octubre 2007

! LO QUE HAY QUE ESCUCHAR!

-LA SECIÓN SINDICAL DE CC.OO. NO DENUNCIA PORQUE SE ESTÉ NEGOCIANDO UN CONVENIO O PORQUE TENGA DIFERENCIAS CON UGT. (ESO SON IMAGINACIONES DE LA DIRECCIÓN DE ID Y DE ALGÚN FUNCIONARIO DEL ESTADO)

- CC.OO. DENUNCIA CUANDO ALGO( EJ: muelles de carga) SE ENCUENTRA EN MAL ESTADO Y SUPONE UN RIESGO PARA LOS TRABAJADORES.

- CC.OO. DENUNCIA CUANDO LA EMPRESA NO CUMPLE LA LEY.

- CC.OO. PIDE A LA AUTORIDAD LABORAL COMPETENTE QUE SE CIÑA A REALIZAR SU FUNCIÓN Y NO SE PREOCUPE POR COSAS QUE NO SON DE SU COMPETENCIA.






20 octubre 2007

CANON DE LAS MÁQUINAS ESPENDEDORAS.

Se ha creado una comisión de festejos, con los votos de UGT y USO, sin preguntar a la gente si quiere continuar con el canon o no.

Está claro que con el dinero que hay ahora hay que hacer algo y a CC.OO. le gustaría que el Comité de Empresa hiciera una asamblea con el objeto de saber como gastar el dinero de todos los trabajadores.

Para los siguientes años el Comité de empresa tendría que preguntar a los trabajadores si quieren seguir con el Canon o retirarlo para que los productos sean más baratos.

La sección Sindical de CC.OO. no está en contra de crear una comisión de festejos, o lo que sea, pero eso lo han de decidir primero los trabajadores mediante asamblea.

SE RECUERDA QUE EL DINERO ES DE TODOS LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA YA QUE PAGAN UN CANON CADA VEZ QUE SACAN ALG0 DE LAS MÁQUINAS.

SEÑORES DE LOS SINDICATOS Y DE LA EMPRESA, NO SE HAGAN PROPAGANDA CON EL DINERO DE TODOS.

19 octubre 2007

Atascos a la salida del trabajo


Hoy viernes 19 de octubre a las 12:00 aproximadamente hemos estado hablando con el Jefe de Policía Local de Ribarroja sobre los atascos que se producen sobretodo los viernes a mediodía a la salida del polígono.

Nos ha explicado que son conscientes del problema desde hace unos meses, y que antes mandaban efectivos a la rotonda para agilizar el tráfico, pero que un día llegó la Guardia Civil y les dijo que eso era su competencia y que ellos se ocuparían, cosa que no están haciendo.

A pesar de esto nos han comunicado que hoy mismo iban a mandar efectivos a dirigir el tráfico y por lo que hemos presenciado, a las 14:15 no había nadie allí, no sabemos si porque habría otra cosa mas urgente o porque han pasado de nosotros.

De todas formas, nosotros el viernes que viene pensamos volver a hablar con la Policía o con quien haga falta, si es necesario, que construyan otra salida pero no vamos a callarnos menos aún cuando no paran de construir mas naves porque cuando empiecen a trabajar, aquello va a ser el caos.

Reunión del Comité, nuestra propuesta y su acogida


Punto 1-Sobre el Canon.

Proponemos instar a la empresa a renegociar el contrato vigente eliminando de forma absoluta el canon que ahora está gravando cualquier consumición en un porcentaje o precio que sólo las dos empresas conocen y que se emplea en lo que sólo Id-Logistics sabrá.


Se deberían formalizar contratos anuales o bianuales sustituyendo el canon actual por una rebaja de precios directa en las máquinas, y pactados en contrato por escrito, fomentando la competencia entre las numerosas empresas de máquinas expendedoras.

Por lo que hemos consultado con otros delegados, hay muchas empresas que incluso subvencionan los precios, por ejemplo un café te cuesta 0,15€ porque tu empresa está pagando otros tantos……pero claro, aquí ni siquiera nos dan agua para beber fiable porque deber ser caríiiiiiisima…

Punto 2-Sobre el importe ya recaudado por el canon.

Con el importe recaudado y su empleo proponemos que los miembros del comité recojan todas las ideas de los trabajadores, y se vote su empleo en una asamblea general que incluya a los trabajadores habituales del centro que son los que han generado esa bolsa de dinero, etts, Pilsa, Aesa y Carrefour.

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Antes que nada aclarar que hace un par de años consultamos este asunto con un abogado y un asesor, y a nosotros mismos nos sorprendió bastante cuando nos dijeron que los trabajadores tenemos pleno derecho a participar en este tema y así se hace en el 99% de las empresas. Hemos explicado nuestra propuesta en la reunión del Comité, y como era de esperar ha sido rechazada, según mi impresión, porque el tema estaba ya hablado, pactado, cerrado y decidido entre la empresa y varios miembros del comité.

Como hemos explicado en la reunión, rechazamos rotundamente un canon que estamos pagando todos absurdamente ¿para que?, ¿para fines sociales?, ¿para que lo decida una "Comisión de Festejos"?. ¿No será que la empresa no es capaz de gastar una peseta de mas en sus empleados y quiere utilizar nuestro propio dinero en mejorar su imagen con un sorteo de viajes a Mallorca o castillos hinchables?


Por todo lo anterior hemos rechazado la "Comisión de Festejos" y formar parte de ella, aunque este tema no lo vamos a abandonar en absoluto, pronto tendréis mas noticias.

17 octubre 2007

Locales de carga de baterías de acumuladores eléctricos de plomo-ácido sulfúrico

Hay quien piensa que una batería la puede sustituir cualquiera pero...


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Postura de la Autoridad Laboral Competente

Ante la denuncia presentada por la Sección Sindical de CC.OO. , la Autoridad laboral competente ha decidido:

- Que el comité y la empresa se reúnan y lleguen a un acuerdo para los plazos de reparación de los muelles de carga. Si en 15 días, desde el 15 de octubre, no hay acuerdo los plazos los pondrá dicha Autoridad Laboral.

- Arreglar o sustituir los carros y rodillos sobre los que se posan las baterías en la sala de máquinas.Realizar un cursillo a todo el personal donde se explique como funciona una batería y las precauciones que hay que tener para sustituirla por otra que esté cargada.

- Realizar un estudio ergonómico en el puesto de trabajo que corresponde a la cinta clasificadora y si procede delimitar los tiempos de descanso.

- Cancelar su propia petición de poner máquinas para flejar.

Sin más se nos emplaza para día 19 de diciembre en la sede de la Autoridad Laboral competente.
En el tema de la sustitución de baterías la sección sindical de CC.OO. acepta la postura mantenida por la Autoridad Laboral competente de no requerir un técnico de mantenimiento para sustituir las baterías ya que, a su juicio, no se necesita ser ingeniero para realizar dicha tarea.

Aceptamos la postura pero no la compartimos porque en el manual de A.E.S.A. se dice que sólo un técnico de mantenimiento especializado puede recargar y sustituir las baterías y en nuestro convenio colectivo ya existe la categoría profesional de Mantenimiento.

11 octubre 2007

Negociación Acuerdo Estatal Para las empresas de Transporte de Mercancías por Carretera y Logística


La reunión que tal y como nos marcamos las partes con anterioridad al parón estival en reunión anterior de 24 de Julio, estuvo focalizada en el capítulo I del Acuerdo, donde se desarrollan los distintos ámbitos de aplicación del mismo, y que ha cobrado vital importancia en la negociación. El debate frente a la propuesta de redacción patronal constató dos cosas: la incertidumbre creada por LOGICA en la defensa de la libre aplicación de marcos laborales por sus asociados, incoherente con la seriedad y la supuesta búsqueda de una regulación específica (que no debe esconder salvo intención de ampliar el abanico de posibilidades para abaratar la mano de obra, al margen del sector de actividad que por Ley les permite operar como es el de almacenistas y distribuidores). Y la dilatación de la negociación por distintas partes de la mesa con esta excusa, que debe terminar con la inclusión de la Logística en el ámbito funcional y no más. No debemos extender más este debate y debemos entrar en contenidos.

Y lo peor de todo esto, es la consecuencia de dilatar el resto de contenidos de la negociación y el intento de “fabricar” numerosas composiciones de ámbitos funcionales, que a nuestro entender, el de CC.OO., son tendentes a confundir a futuro a las negociaciones que del sector de mercancías se den en las Provincias. Ejemplo de ello, el caso de Guadalajara, donde se puede materializar la separación de convenios, sin cambio regulatorio de las condiciones anteriores. Ni mejoras sociales, ni mejoras económicas sustanciales se ponen encima de la mesa, a cambio un convenio de logística sin firmar y una convocatoria de huelga, ¿Dónde está el beneficio de la regulación y de las negociaciones individuales por patronales prometidas por patronal y algún sindicato?.....los sin complejos.

Aquí tenéis el comunicado completo, y todas las actas de las reuniones.