29 mayo 2007

Botiquines


Valencia, 28 de mayo de 2007

Se ha detectado que las empresas están divulgando que ha habido un cambio en la normativa por el que no tienen obligación de mantener botiquines en la empresa. Esto no es así. Lo que hay es una resolución de 26 de febrero de 2007 de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social por la que se dispone, que las empresas tendrán que reponer los medicamentos y productos sanitarios de su botiquín y por lo tanto las Mutuas ya no están obligadas a ofrecer un servicio que se pagaba con cargo a cuotas de la seguridad social. Al ser una obligación empresarial, son ellas las que tienen que correr con los gastos que generen y no el sistema público. La resolución lo que ha hecho es recoger la amplia jurisprudencia que sobre el tema había.

Para información de todos y todas:

El RD 486/97 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, en su Anexo VI indica lo siguiente:

- Los lugares de trabajo dispondrán de material para primeros auxilios en caso de accidente.

- Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.

- El material de primeros auxilios se revisará periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado.

- Los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias.

- Los locales de primeros auxilios dispondrán, como mínimo, de un botiquín, una camilla y una fuente de agua potable. Estarán próximos a los puestos de trabajo y serán de fácil acceso para las camillas.

- El material y locales de primeros auxilios deberán estar claramente señalizados.

Además, la NTP 458: Primeros Auxilios en la empresa, establece el contenido mínimo básico de un botiquín de empresa, el cual será el siguiente:

- Instrumental básico: Tijeras y pinzas.

- Material de curas:

· 20 Apósitos estériles adhesivos, en bolsas individuales.

· 2 Parches oculares.

· 6 Triángulos de vendaje provisional.

· Gasas estériles de distintos tamaños, en bolsas individuales.

· Celulosa, esparadrapo y vendas.

- Material Auxiliar:

· Guantes.

· Manta termoaislante.

· Mascarilla de reanimación cardiopulmonar.

- Otros:

· Bolsas de hielo sintético.

· Agua o solución salina al 0,9% en contenedores cerrados desechables, si no existen fuentes lavaojos.

· Toallitas limpiadoras sin alcohol, de no disponer de agua y jabón.

· Bolsas de plástico para material de primeros auxilios usado o contaminado.

Por todo ello, tened en cuenta que la empresa debe ajustarse a la normativa vigente.

Secretaría de Salud Laboral

Ssalutlaboral-fct@pv.ccoo.es

1 comentario:

botiquines dijo...

Interesante! Saludos