13 abril 2010

Principio de acuerdo

La presión ejercida por las trabajadoras y trabajadores del sector mediante la convocatoria de cuatro días de huelga posibilita romper con la cerrazón de la patronal, y la firma de un buen principio de acuerdo que recoge mejoras tanto económicas, como sociales. una vez mas la firmeza de Comisiones Obreras, se une a la eficacia con la consecución de este acuerdo.
Vigencia: Años, 2009, 2010 y 2011.
Jornada: Reducción de 8h de jornada anual para el año 2011 (1761h). Esas horas se concretarán en un día mas de libre disposición o de vacaciones. Así mismo, la jornada diaria no se podrá dividir por un periodo superior a 3h horas, hasta ahora eran cuatro. En cuanto a las horas extras, su compensación se deberá de comunicar con cinco días de antelación y no dos como antes.
Partes de trabajo: Se recoge la obligación de la empresa a entregar mensualmente al conductor el ticket digital. Esto permitirá al conductor tener un seguimiento real de la actividad realizada.
Certificado de Aptitud Profesional . CAP: De las 35h horas de formación obligatoria que se tiene que realizar cada cinco años para poder ejercer de conductor profesional. Dieciséis, es decir dos días irán a cargo de la empresa.
Clasificación Profesional: El ascenso de Auxiliar administrativo a Oficial de 2ª administrativo será automático a los dos años. Se suprime la necesidad de realizar un curso de formación para ascender.
Licencias retribuidas: Un día de permiso par el caso de fallecimiento de parientes de tercer grado (sobrinos, tíos y bisabuelos), uno mas en caso de desplazamiento.
Cinco días de permiso no retribuido por fallecimiento o enfermedad de familiares de hasta 2º grado, siete si hay desplazamiento al extranjero. Esto mejora mucho los tres retribuidos que tenemos actualmente, y facilita la atención real del pariente, así como el desplazamiento al extranjero si este es necesario, sin merma alguna en las vacaciones.
Conciliación de la vida laboral y familiar: La hora retribuida de reducción de jornada diaria por lactancias, podrá sustituirse a solicitud de la trabajadora o trabajador, por una ampliación de entre 15 y 20 días laborales mas, en función de cuando se acogió al permiso de 16 semanas por parto,.
Se amplia la reserva de puesto de trabajo en el caso de excedencia por motivos familiares, de un año a un año y medio.
Se equiparan las parejas de hecho, como unidad familiar para todos los efectos recogidos en el convenio. Siempre que se acredite de la forma que se regule.
Plus de nocturnidad: Se incrementa el valor de las horas realizadas entre las 22h y la 6h. Pasando del 14% del valor de la hora ordinaria actual, al 20% en el 2010 y el 25% en el 2011. Esto representa aproximadamente 75€ mensuales mas para el 2010, y otro tanto mas para el 2011.
Plus de Frios: Este plus es de nueva creación, y se abonará por hora trabajada en cámaras de congelación. Pudiendo rondar los 100€ mensuales para aquellos que realicen toda su jornada en estas condiciones.
Subrogación: Esta cláusula se incorporará obligatoriamente a partir del 2012, en el caso de que no se alcance un acuerdo al respecto en el Acuerdo Marco Estatal del Transporte de Mercancías, que se está negociando actualmente. Con todo lo que conlleva sobre la estabilidad en el empleo.
Incrementos salariales: Año 2009, IPC Real (0’8%). Año 2010 1% a cuenta, con garantía del IPC Real mas 0´5%; Año 2011 1´5% a cuenta, con garantía del IPC Real mas el 0´5%. Es decir, las trabajadoras y trabajadores del sector mejoramos el poder adquisitivo durante la vigencia del convenio.


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