12 enero 2007

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Artículo 7 de la Constitución Española:

- Los sindicatos de trabajadores y la asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los interese económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

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Artículo 14 de la Constitución:

- Los españoles son iguales anta la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 28 de la Constitución:

-Todos tienen derecho a sindicarse libremente……

En el estatuto de los trabajadores también se hace referencia a esto pero no quiero ser pedante poniéndolo.

Como veis la palabra discriminación está resaltada ya que consideramos que algunas personas por ser del comité se sienten discriminadas (presuntamente) y, otras no siéndolo, por expresar su opinión.(presuntamente)

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