02 diciembre 2006

¿en qué nos afecta la reforma laboral?

Cambios en la legislación laboral.

Los contratos temporales deben estar justificados.

Adquirirán la condición de fijos aquellos trabajadores que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24 meses para el mismo puesto de trabajo, en la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales (sin contar los contratos formativos, de relevo e interinidad).

Transparencia en la subcontratación de obras y servicios.

Se establece un sistema de información permanente a los representantes de trabajadores, Las empresas principales deberán mantener un Libro de Registro con una serie de datos sobre la contrata: duración, objeto, lugar e identificación de la empresa contratista, nº de trabajadores y medidas para coordinar actividades de prevención de riesgos laborales.

Se dificulta al máximo la cesión ilegal de trabajadores.

Se define la cesión ilegal de trabajadores –el llamado prestamismo laboral- para evitar situaciones abusivas.
Se considera cesión ilegal que el objeto del contrato de servicios entre empresas se limite a una mera puesta a disposición de trabajadores de una a otra empresa o que la que cede a estos carezca de actividad u organización propia y estable o no cuente con medios necesarios para el desarrollo de su actividad.
Los trabajadores sometidos al tráfico prohibido tendrán derecho a la condición de fijos a su elección: en la empresa cedente o en la cesionaria.

TEXTO DE LA REFORMA LABORAL DE JUNIO DE 2006:

http://www.mtas.es/empleo/reforma2006/reforma.pdf

CON LA REFORMA LABORAL TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE ESTÉN EN LA EMPRESA DURANTE UN PERIODO DE DOS AÑOS PASAN A SER INDEFINIDOS. EN NUESTRA EMPRESA HAY TRABAJADORES CON UN CONTRATO DE OBRA Y SERVICIO QUE ESTÁN EN LA ESTA SITUACIÓN.

TODO AQUEL QUE SE ENCUENTRE EN ESTA SITUACIÓN QUE SE PONGA EN CONTACTO CON ROBERTO IBÁÑEZ O JOSE GARCÍA.

ESTAMOS A VUESTRA DISPOSICIÓN PARA QUE NO OS SIGAN TOMANDO EL PELO.


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