17 febrero 2009

He trabajado menos de 360 días. ¿A qué prestación por desempleo tendría derecho?

Respuesta:

Para determinar a qué prestación podría tener derecho se computan los días que ha trabajado y cotizado por desempleo en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, excepto los que hayan sido tenidos en cuenta para determinar una prestación por desempleo anterior.

Si en esos seis años ha trabajado menos de 360 días, podría tener derecho, si cumple el resto de requisitos, a un subsidio por desempleo cuya duración depende del número de días trabajados y de si tiene o no responsabilidades familiares (el mínimo de tiempo trabajado será de tres meses si tiene responsabilidades familiares y de seis, en caso contrario).

Para tener derecho a un subsidio por desempleo son necesarios:

• Al menos tres meses (90 días) si se tienen responsabilidades familiares.
• Al menos seis meses (180 días) si no se acreditan responsabilidades familiares.

¿Que documentación se necesita para solicitar un subsidio por desempleo?

Respuesta:

• Impreso de solicitud del subsidio en el modelo oficial (disponible en la oficina de empleo y en www.inem.es) que incorpora la adhesión al compromiso de actividad, los datos de domiciliación bancaria, la autorización para recabar información tributaria del solicitante y de los miembros de su unidad familiar a la Agencia Estatal Tributaria, y la declaración de las rentas obtenida por el trabajador y los miembros de su unidad familiar.
• Documentos personales de identificación: DNI para los trabajadores de nacionalidad española y pasaporte o tarjeta de identidad para trabajadores extranjeros.
• Libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros.
• Si solicita un subsidio como emigrante retornado, documento acreditativo del período trabajado en el extranjero y de la fecha de retorno (Certificado de emigrante retornado espedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno).
• Si solicita un subsidio por su condición de liberado de prisión, certificado del director del establecimiento penitenciario justificante del período transcurrido en prisión y fecha de su excarcelación.
• Si se accede al subsidio tras un expediente de revisión de invalidez, la resolución del INSS.
• Si se solicita subsidio por cotizaciones inferiores a 360 días, documento acreditativo de la situación legal de desempleo.

Qué plazo hay para solicitar el subsidio por desempleo?

Respuesta:

El subsidio por desempleo se solicitará en los quince días hábiles contados desde:

• Que transcurra un mes de espera inscrito como demandante de empleo, cuando se exige ese mes como requisito para acceder al subsidio (en concreto en las modalidades de subsidio para desempleados que agotan una prestación contributiva, subsidio para liberados de prisión, para emigrantes retornados y para desempleados declarados plenamente capaces tras la revisión de su invalidez).

• Que se cesa involuntariamente en el trabajo, cuando no se reúnen 360 días cotizados para acceder a una prestación contributiva y se solicita la modalidad de subsidio específica para este caso de falta de cotización.

• Que se cumplen 52 años, cuando se va a solicitar el subsidio para desempleados mayores de dicha edad.

• Que se agota una prestación contributiva de veinticuatro meses de duración, si va a solicitarse un subsidio especial para mayores de 45 años, que no requiere el mes de espera.

Calcula tu prestación por desempleo.

Preguntas frecuentes.

Oficina virtual del INEM.

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